Valorizamos residuos
La planta y el futuro que queremos
Analizadores en continuo
Hay que garantizar el cumplimiento del Real Decreto 815/2013 de emisiones industriales, se requiere a las instalaciones de valorización energética de residuos disponer de sistemas de medición en continuo de contaminantes, y obliga a garantizar la fiabilidad y disponibilidad de tales sistemas.
De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto, los equipos de muestreo y análisis de todos los contaminantes, así como el aseguramiento de la calidad de los sistemas de medición automática y los métodos de medida de referencia, se realizarán de acuerdo con las normas CEN.
Se han sustituido los analizadores de gases y para garantizar la disponibilidad de los mismos se instalarán dos por cada línea de proceso, un principal y el otro redundante, de forma que se pueda disponer de la medida continúo de las emisiones mientras se llevar a cabo el mantenimiento preventivo y correctivo de los analizadores.
Según el que indica el Real Decreto RD 815/2013 se tienen que realizar las mediciones en continuo de las siguientes sustancias: Óxido de nitrógeno (NO), Dióxido de nitrógeno (NO2), Monóxido de carbono (CO), Partículas totales, Sustancias orgánicas en estado gaseoso y de vapor expresadas en carbono orgánico total (COT), Ácido clorhídrico (HCl), Fluoruro de hidrógeno (HF), Dióxido de azufre (SO)2).
También se tienen que hacer mediciones en continuo de los siguientes parámetros del proceso de los gases residuales: Concentración de oxígeno (O2), Presión, Temperatura, Contenido de vapor de agua y Caudal de gases. Adicionalmente, por requerimientos de las nuevas MTD, también se tendrá que realizar la medición en continuo del amoníaco (NH3).
Dentro del alcance de esta actuación, se incluirá el nuevo sistema de control donde se recogerán los datos de las emisiones, así como la modificación del servidor de datos existente para comunicar con la Dirección General de Calidad Ambiental los datos pertenecientes a los nuevos equipos, según las instrucciones técnicas IT-18 y IT-20 y los requerimientos específicos de las normativas vigentes y futuras.